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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSS/82
Ley
LEY del Seguro Social
Artículo
82

Artículo 82 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto (se refiere al IMSS) puede investigar los accidentes y enfermedades que pasan en el trabajo. Después de investigar, les va a sugerir a los patrones (jefes o dueños de empresas) formas más seguras de trabajar para evitar que esos riesgos vuelvan a ocurrir. También tiene la facultad de revisar si las empresas están poniendo en marcha programas para prevenir accidentes. Esto aplica sobre todo para negocios que han tenido muchos accidentes reportados, y si esas empresas mejoran, pueden pagar menos en su seguro de riesgos de trabajo.

Texto oficial

Artículo 82. El Instituto llevará a cabo las investigaciones que estime convenientes sobre riesgos de trabajo y sugerirá a los patrones las técnicas y prácticas convenientes a efecto de prevenir la realización de dichos riesgos. El Instituto podrá verificar el establecimiento de programas o acciones preventivas de riesgos de trabajo en aquellas empresas que por la siniestralidad registrada, puedan disminuir el monto de la prima de este seguro. Párrafo reformado DOF 20-12-2001

Ver texto oficial de la LEY del Seguro Social (pág. 29) ↗

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