Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 91 de la LEY del Seguro Social

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si te enfermas de algo que no tenga que ver con tu trabajo, el IMSS te dará consultas, medicinas y hospitalización si las necesitas. Esto aplica desde que te enfermas y hasta por 52 semanas seguidas, siempre por la misma enfermedad. Pero el tiempo que estés en tratamiento para seguir trabajando y pagando tus cuotas no cuenta dentro de esas 52 semanas. Eso significa que la ayuda médica puede durar más si aún necesitas cuidarte para no dejar de trabajar.

Texto oficial

Artículo 91. En caso de enfermedad no profesional, el Instituto otorgará al asegurado la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de cincuenta y dos semanas para el mismo padecimiento. No se computará en el mencionado plazo, el tiempo que dure el tratamiento curativo que le permita continuar en el trabajo y seguir cubriendo las cuotas correspondientes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.