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Ley
LEY para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Artículo
50

Artículo 50 de la LEY para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una autoridad te sanciona, puedes impugnar esa sanción usando el recurso de revisión, que es como un derecho a pedir que revisen si estuvo bien aplicada. Ese recurso está explicado en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, una ley que establece cómo se deben hacer los trámites con el gobierno. Además, si lo que te pusieron fue una multa, el Capítulo VII de esta misma ley dice cómo se puede cobrar esa multa. En pocas palabras, no te quedas sin defensa si te castigan.

Texto oficial

Artículo 50.- En contra de las sanciones que impongan las Autoridades, procederá el recurso de revisión previsto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Capítulo VII De la ejecución de multas

Ver texto oficial de la LEY para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (pág. 36) ↗

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