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Artículo 178 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 178 de la Ley de Vías Generales de Comunicación ya no existe. La ley lo eliminó (derogó) en 1993 y 1994, así que no tiene ningún efecto legal. Esto significa que no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí, porque fue borrada del todo. Si ves esta referencia en un documento, no te preocupes: lo único que quiere decir es que ese artículo ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 178.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 32 de 139

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.