Artículo 178 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 178 de la Ley de Vías Generales de Comunicación ya no existe. La ley lo eliminó (derogó) en 1993 y 1994, así que no tiene ningún efecto legal. Esto significa que no tienes que cumplir con ninguna regla que estuviera escrita ahí, porque fue borrada del todo. Si ves esta referencia en un documento, no te preocupes: lo único que quiere decir es que ese artículo ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 178.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 32 de 139
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.