Artículo 180 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente en 1993 y 1994, así que ya no aplica ni se usa para nada.
Texto oficial
Artículo 180.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.