Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/280
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 280
Artículo 280 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado de la ley por completo. Quiere decir que ya no tiene ningún efecto ni se aplica desde el 4 de enero de 1994. Es como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 280.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
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