Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/290
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 290
Artículo 290 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 290 ya no existe, fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no tiene ningún efecto, ni crea obligaciones ni derechos para nadie. Lo único que dice es que fue derogado, es decir, cancelado oficialmente. No tienes que preocuparte por él, porque no aplica.
Texto oficial
Artículo 290.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.