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Artículo 290 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 290 ya no existe, fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Esto significa que ya no tiene ningún efecto, ni crea obligaciones ni derechos para nadie. Lo único que dice es que fue derogado, es decir, cancelado oficialmente. No tienes que preocuparte por él, porque no aplica.

Texto oficial

Artículo 290.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.