Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/351
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 351
Artículo 351 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe, está eliminado de la ley. Fue modificado en 1950 y luego lo quitaron por completo en 1995. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. En pocas palabras, ya no es válido ni aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 351.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.