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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/352
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
352

Artículo 352 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, está cancelado. Significa que la regla que existía antes fue eliminada oficialmente en 1995. Se hicieron cambios en 1950 y 1986, pero al final se quitó por completo. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no existe.

Texto oficial

Artículo 352.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950, 24-12-1986. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.