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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 354
Artículo 354 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 12 de mayo de 1995, así que ya no tiene ningún efecto legal. Antes de esa fecha, el artículo ya había sido modificado una vez, en 1950. Pero como está derogado, no debes preocuparte por él; no aplica en ningún caso actual.
Texto oficial
Artículo 354.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Derogado DOF 12-05-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.