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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/378
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
378

Artículo 378 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que está prohibido escuchar, pasar a otras personas o usar para tu beneficio cualquier mensaje, noticia o informe que no sea público, y que hayas escuchado usando aparatos de comunicación eléctrica, como un radio o un teléfono. O sea, si captas una conversación privada por estos medios, no puedes contarla ni sacarle provecho. Esto aplica aunque no hayas sido tú quien la grabó, sino solo la escuchaste. La ley protege tu privacidad para que nadie ande espiando o divulgando lo que no es para todos.

Texto oficial

Artículo 378.- Queda prohibido interceptar, divulgar o aprovechar sin derecho, los mensajes, noticias e informes que no estén destinados al domino público y que se escuchen por medio de aparatos de comunicación eléctrica.

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.