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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
381

Artículo 381 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las compañías de teléfono o internet solo son responsables si se equivocan al mandar un mensaje, lo alteran o lo entregan tarde. Pero aunque te causen problemas, lo máximo que pueden hacer es devolverte lo que pagaste por ese mensaje o repetirlo gratis. No te van a pagar más dinero por daños, ni aunque te hayan afectado mucho por su error.

Texto oficial

Artículo 381.- Las oficinas de comunicaciones eléctricas sólo son responsables, en los casos de transmisión de mensajes, por error, alteración o demora, y su responsabilidad se limitará únicamente a la devolución del importe del mensaje o a su repetición.

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 46) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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