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Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas de transporte, como las de trenes, carreteras o aeropuertos, no pueden talar árboles o hacer quemas en una zona de un kilómetro a cada lado de sus vías sin un permiso especial del gobierno. Además, deben cumplir con todas las reglas de protección de bosques. Por otro lado, las empresas de electricidad pueden podar las ramas de los árboles que estén afectando sus cables sin pedir ningún permiso.

Texto oficial

Artículo 45.- Para llevar a cabo el corte de árboles, desmontes, rozas, quemas, en las fajas colindantes con los caminos, vías férreas, líneas telegráficas, telefónicas, aeródromos, ríos y canales navegables y flotables, en una extensión de un kilómetro a cada lado del límite del derecho de vía o de los márgenes de los ríos y canales, las empresas de vías generales de comunicación necesitarán, además de llenar los requisitos que establezcan las leyes y reglamentos forestales respectivos, la autorización expresa de la autoridad competente. Párrafo reformado DOF 09-04-2012, 16-07-2025 Las empresas que exploten comunicaciones eléctricas, tendrán derecho para desramar los árboles indispensables para evitar que se perjudiquen sus líneas sin necesidad de llenar requisito alguno.

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 10) ↗

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