- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 450
Artículo 450 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley. Se quitó oficialmente en diciembre de 1986, así que no hay que tomarlo en cuenta. Antes de eso, en 1951, le habían hecho un cambio, pero como ya lo derogaron, hoy no tiene ningún efecto. En pocas palabras, no te preocupes por él porque ya no existe como regla.
Texto oficial
Artículo 450.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.