- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 451
Artículo 451 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 451 de la Ley de Vías Generales de Comunicación fue eliminado oficialmente, es decir, ya no existe ni tiene validez. Esto pasó desde diciembre de 1986, cuando se derogó. En pocas palabras, es un artículo que fue retirado de la ley y ya no tienes que tomarlo en cuenta para nada. Como está "derogado", para efectos prácticos no aplica a nadie.
Texto oficial
Artículo 451.- (Se deroga). LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 52 de 139 Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO VI Entrega de la correspondencia Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.