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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/455
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
455

Artículo 455 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente. Fue eliminado de la ley el 24 de diciembre de 1986, por lo que no hay ninguna regla que aplicar. Antes de esa fecha, había sido modificado el 5 de enero de 1951, pero ya no importa. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por él porque ya no existe como ley.

Texto oficial

Artículo 455.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.