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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/469
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
469

Artículo 469 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 469 ya no existe en la ley porque fue borrado completamente desde 1986. Esto quiere decir que ya no hay una regla que aplicar ahí, así que no afecta ningún derecho ni obligación para ti. Solo es un lugar vacío que antes tenía contenido, pero ahora ya no.

Texto oficial

Artículo 469.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.