Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/470
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
470

Artículo 470 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente el 24 de diciembre de 1986. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 470.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 TITULO TERCERO Servicios Título adicionado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO VIII Servicio ordinario Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.