- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 470
Artículo 470 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente el 24 de diciembre de 1986. Como está derogado, ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 470.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 TITULO TERCERO Servicios Título adicionado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO VIII Servicio ordinario Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.