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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/476
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
476

Artículo 476 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no tiene efecto. Fue derogado, lo que significa que desapareció de la ley desde 1986. Originalmente fue cambiado en 1951, pero después se eliminó por completo. Como está derogado, no aplica para ningún caso actual.

Texto oficial

Artículo 476.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 53) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.