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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/478
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
478

Artículo 478 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada. Lo que pasó es que fue eliminado oficialmente de la ley (derogado) desde el 24 de diciembre de 1986. Antes de eso, en 1951, ya lo habían cambiado una vez, pero al final ya no aplica. Entonces, si ves ese artículo en algún documento, ignóralo porque ya no tiene validez legal.

Texto oficial

Artículo 478.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 54 de 139

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 53) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.