Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/479
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 479
Artículo 479 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada. Antes estuvo vigente, pero la última vez que lo cambiaron fue en 1951 y luego lo eliminaron por completo en 1986. Como está "derogado", significa que ya no es ley y no tienes que preocuparte por él.
Texto oficial
Artículo 479.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.