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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/479
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
479

Artículo 479 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada. Antes estuvo vigente, pero la última vez que lo cambiaron fue en 1951 y luego lo eliminaron por completo en 1986. Como está "derogado", significa que ya no es ley y no tienes que preocuparte por él.

Texto oficial

Artículo 479.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 54) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.