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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/480
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
480

Artículo 480 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente de la ley. En 1986 se quitó, así que no tienes que preocuparte por lo que decía. Como si nunca hubiera existido para efectos prácticos.

Texto oficial

Artículo 480.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 54) ↗

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