- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 482
Artículo 482 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 24 de diciembre de 1986, y antes de eso ya lo habían cambiado en 1951. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
Artículo 482.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO XII Servicio de acuse de recibo de piezas registradas Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.