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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/494
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
494

Artículo 494 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley hace muchos años, desde 1986. Por eso solo dice que está "derogado", que significa que ya no existe ni se aplica. No debes preocuparte por él porque no tiene ningún efecto legal en la actualidad. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido para cualquier trámite o situación que tengas hoy.

Texto oficial

Artículo 494.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 55) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.