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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/496
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
496

Artículo 496 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 496 fue eliminado de la ley hace muchos años, en 1986. Esto significa que ya no existe ni se aplica. También el capítulo entero donde estaba, que hablaba sobre los "vales postales" (una forma de pago que usaba el servicio postal), fue borrado. Así que no hay ninguna regla vigente aquí que tengas que seguir o entender. Solo es un registro histórico de lo que ya no sirve.

Texto oficial

Artículo 496.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 24-12-1986 CAPITULO XX Servicio de vales postales Capítulo reformado DOF 05-01-1951 (reubicado). Derogado DOF 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 55) ↗

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