Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/516
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
516

Artículo 516 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. La palabra "derogado" significa que fue eliminado oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Si encuentras este artículo en un documento actual, no te preocupes, ya no se aplica. Fue quitado de la ley hace muchos años, en 1981 y luego confirmado en 1986. Es como si hubiera sido borrado del libro de reglas.

Texto oficial

Artículo 516.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 05-01-1951. Derogado DOF 31-12-1981, 24-12-1986

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 57) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.