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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/550
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
550

Artículo 550 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 550 ya no está vigente, pues fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Decir que "se deroga" significa que quedó sin efecto y ya no se aplica para nada. Si buscas una regla actual sobre el mismo tema, necesitas revisar otras partes de la ley. En pocas palabras, este artículo es historia y no te afecta hoy.

Texto oficial

Artículo 550.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.