Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/553
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 553
Artículo 553 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo, como si lo hubieran borrado. Desde el 4 de enero de 1994 dejó de existir, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía.
Texto oficial
Artículo 553.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.