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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/553
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
553

Artículo 553 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por completo, como si lo hubieran borrado. Desde el 4 de enero de 1994 dejó de existir, así que ya no tienes que preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 553.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 60) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.