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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/554
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
554

Artículo 554 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994, por lo que no tiene ningún efecto legal. Significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía ni aplicarlo. Es como un reglamento que quitaron del libro porque ya no servía. Así que, para efectos prácticos, este artículo es como si nunca hubiera estado vigente.

Texto oficial

Artículo 554.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994 LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 61 de 139

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 60) ↗

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