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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/556
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
556

Artículo 556 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente, es decir, ya no existe en la ley. Aparecía en un código, pero fue eliminado oficialmente el 12 de mayo de 1995. Antes de eso, se había modificado en 1942 y 1950, pero hoy no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, no debes preocuparte por este artículo porque ya no aplica.

Texto oficial

Artículo 556.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1942, 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 61) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.