Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/567
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 567
Artículo 567 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo fue eliminado por completo de la ley. Quiere decir que ya no está vigente ni se aplica desde el 22 de diciembre de 1995. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por lo que decía. No hay ninguna obligación ni derecho que nazca de este texto.
Texto oficial
Artículo 567.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 22-12-1995
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.