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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/567
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
567

Artículo 567 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado por completo de la ley. Quiere decir que ya no está vigente ni se aplica desde el 22 de diciembre de 1995. Como está derogado, ya no tienes que preocuparte por lo que decía. No hay ninguna obligación ni derecho que nazca de este texto.

Texto oficial

Artículo 567.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 22-12-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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