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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/568
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
568

Artículo 568 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente en 1995, así que no tiene ningún efecto legal actualmente. Antes de ser derogado, había tenido algunos cambios en 1950, pero ya no importan porque la regla ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 568.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 23-01-1950. Fe de erratas DOF 11-05-1950. Derogado DOF 12-05-1995

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 62) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.