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Artículo 67 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando pidas un servicio de transporte o comunicación (como un envío), si no dices qué ruta quieres que siga, la empresa va a decidir por ti. Pero ojo: aunque ellos elijan, te tienen que cobrar la tarifa más baja disponible, sin importar si la ruta es más larga o corta. La única excepción es si la ruta más barata no se puede usar por algo fuera de su control, como un desastre natural o una carretera bloqueada; en ese caso, sí te pueden cobrar el precio de la ruta que sí funcione.

Texto oficial

Artículo 67.- Si el solicitante de un servicio de transporte o comunicación, no expresara la ruta o línea, ésta será fijada por la empresa; pero el importe que se cobre será el más bajo que pueda obtenerse, de acuerdo con las tarifas aplicables, cualquiera que sea la ruta o línea que se siga, a menos que la ruta más corta o de más bajo costo estuviere interrumpida por causa de fuerza mayor, pues en este caso se cobrará el servicio por la ruta o línea que se haya usado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.