Artículo 35 de la LEY de Vivienda
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión Intersecretarial toma decisiones que todas las dependencias del gobierno que la forman tienen que obedecer y cumplir. Esas decisiones se llevan a cabo según las facultades que cada dependencia tiene por ley o por otras reglas. Además, las dependencias que coordinan un sector deben invitar a las entidades que están bajo su mando a participar para que también cumplan con esos acuerdos.
Texto oficial
ARTÍCULO 35.- Los acuerdos de la Comisión Intersecretarial serán obligatorios para las dependencias que la integran y se ejecutarán de conformidad con las atribuciones que les confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y demás disposiciones aplicables. Asimismo, en su carácter de coordinadoras de sector, deberán promover la participación de las entidades que les estén agrupadas para el cumplimiento de los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.