Artículo 36 de la LEY de Vivienda
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Aquí está la explicación: La Comisión Intersecretarial (un grupo de secretarías de gobierno que toman decisiones) debe avisarle a la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social sobre todos los acuerdos que tome. Esto se hace para que la Política Nacional de Desarrollo Social (el plan del gobierno para ayudar a la gente) esté bien pensada y coordinada. También tiene que informarle al Consejo (otro grupo que revisa y opina sobre estos asuntos) para que pueda hacer bien su trabajo. Básicamente, es para que todos estén enterados y puedan colaborar correctamente.
Texto oficial
ARTÍCULO 36.- Los acuerdos de la Comisión Intersecretarial deberán notificarse a la Comisión Intersecretarial de Desarrollo Social, con el fin de garantizar la integralidad en el diseño y ejecución de la Política Nacional de Desarrollo Social. Asimismo se deberán notificar al Consejo, con la finalidad de aportarle elementos para la realización de sus funciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.