Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si no reclamas el dinero de las utilidades durante el año en que te toca cobrarlo, esa cantidad se suma a las utilidades del año siguiente. Eso significa que al otro año, el total de lo que no reclamaste se reparte entre todos los empleados de la empresa, no solo entre los que no reclamaron. En pocas palabras, si no pides tu parte a tiempo, la pierdes y se la dan a los demás trabajadores.
Texto oficial
ARTÍCULO 8o.- El importe de las utilidades que no se hayan reclamado en el año en que sean exigibles, se adicionará a la utilidad del año siguiente, para ser repartido entre todos los trabajadores. CAPÍTULO SEGUNDO De la Información a los Trabajadores
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.