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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_CComer_MPSC/11
Ley
REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación
Artículo
11

Artículo 11 del REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un prestador de servicios de certificación es una empresa o persona autorizada para emitir firmas electrónicas. Este artículo dice que esa empresa o su representante no puede compartir los datos secretos que usan para firmar sus propios documentos electrónicos (como contraseñas o códigos). Si esos datos se usan mal, ellos son los responsables. Además, su certificado de firma electrónica solo sirve por 10 años.

Texto oficial

ARTÍCULO 11o.- El Prestador de Servicios de Certificación o su representante no podrán revelar los Datos de Creación de Firma Electrónica que correspondan a su propio Certificado y en todo caso serán responsables de su mala utilización. Dicho Certificado tendrá una vigencia de diez años.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.