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Ley
REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación
Artículo
18

Artículo 18 del REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a decidir, en las reglas que publique, cómo usar un sello de tiempo. Ese sello sirve para confirmar la fecha y hora exactas en que se emite, suspende o cancela un Certificado.

Texto oficial

ARTÍCULO 18o.- La Secretaría determinará en las Reglas Generales que expida, la utilización de un sello de tiempo para asegurar la fecha y hora de la emisión, suspensión y revocación del Certificado.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Código de Comercio en Materia de Prestadores de Servicios de Certificación (pág. 5) ↗

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