Artículo 10 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SAT (Servicio de Administración Tributaria) puede pedirte documentos o información si tu trámite no cumple con los requisitos que ellos mismos establecen en sus reglas. Desde que recibas la notificación, tendrás 10 días para entregar lo que te pidan. Si no lo haces en ese tiempo, el SAT va a considerar que nunca presentaste tu solicitud. Además, una vez que entregues la información que te pidieron, ahí empezarán a contar los 3 días que menciona otra parte de la ley para que te respondan.
Texto oficial
Artículo 10.- Para los efectos del artículo 17-H, sexto párrafo del Código, cuando la solicitud no cumpla con los requisitos previstos en las reglas de carácter general emitidas por el Servicio de Administración Tributaria, la Autoridad Fiscal podrá requerir información o documentación al contribuyente, otorgándole un plazo de diez días, contado a partir de la fecha en que surta efectos la notificación, para su presentación. Transcurrido dicho plazo sin que el contribuyente proporcione la información o documentación solicitada, se le tendrá por no presentada su solicitud. Para efectos del párrafo anterior, el plazo de tres días a que se refiere el sexto párrafo del artículo 17- H del Código, comenzará a computarse a partir de que el requerimiento haya sido cumplido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.