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Artículo 5 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para este artículo, si una persona vive temporalmente en un inmueble en México solo por turismo, y su vida principal (familia, trabajo, asuntos personales) está en otro país, entonces la ley dice que no ha establecido su casa habitual aquí. Esto aplica para el artículo 9, fracción I, inciso a) del Código. En pocas palabras, si solo estás de paso y tu verdadero hogar está fuera de México, no cuentas como residente con casa en el país.

Texto oficial

Artículo 5.- Para los efectos del artículo 9, fracción I, inciso a) del Código, se considera que las personas físicas no han establecido su casa habitación en México, cuando habiten temporalmente inmuebles con fines turísticos y su centro de intereses vitales no se encuentre en territorio nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.