Artículo 6 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para efectos de lo que marca el artículo 9 del Código Fiscal, una empresa (llamada "persona moral") tiene su dirección principal en México si las personas que toman o ejecutan las decisiones más importantes de la empresa están dentro del país. Es decir, si desde México se controla, dirige u opera la empresa y sus actividades, entonces se considera que su "sede de dirección efectiva" está aquí. Básicamente, no importa dónde esté registrada la empresa, sino dónde están las personas que realmente la manejan.
Texto oficial
Artículo 6.- Para los efectos del artículo 9, fracción II del Código, se considera que una persona moral ha establecido en México la administración principal del negocio o su sede de dirección efectiva, cuando en territorio nacional esté el lugar en el que se encuentre la o las personas que tomen o ejecuten las decisiones de control, dirección, operación o administración de la persona moral y de las actividades que ella realiza. REGLAMENTO DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 02-04-2014 3 de 40
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