Artículo 63 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagínate que vendes algo (como un coche o una herramienta) y la persona te paga en parte con un artículo usado, que después tú vendes por menos de lo que te costó. Este artículo dice que Hacienda (las Autoridades Fiscales) no va a ver cada venta por separado, sino que juntará la operación completa para checar si realmente vendiste a pérdida o no. O sea, van a calcular si en total (tu venta original más la reventa del usado) no ganaste o perdiste dinero.
Texto oficial
Artículo 63.- Para los efectos del artículo 58-A del Código, cuando el contribuyente reciba como parte del precio un artículo usado que después enajene con pérdida, las Autoridades Fiscales deberán considerar la operación global para determinar si existe enajenación a costo de adquisición o a menos de dicho costo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.