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Ley
REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación
Artículo
67

Artículo 67 del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas autorización para pagar una deuda fiscal en parcialidades (a plazos), no tendrás que pagar el 20% del total al inicio, como normalmente se pide. Esto significa que no aplica la reducción que menciona otra regla (el artículo 66-A). El SAT puede darte un plazo más corto para pagar del que tú pediste, dependiendo de tu situación particular.

Texto oficial

Artículo 67.- Para los efectos del artículo 66, tercer párrafo del Código, al momento de presentar la solicitud de autorización no se pagará el 20% del monto total del crédito fiscal a que hace referencia el artículo 66, primer párrafo, fracción II del Código, por lo que no le será aplicable la disminución establecida en el artículo 66-A, fracciones I, primer párrafo y II, primer párrafo del Código. La Autoridad Fiscal podrá autorizar un plazo menor al solicitado por el contribuyente en su solicitud de pago a plazos en parcialidades en términos del tercer párrafo del artículo 66 del Código, derivado del análisis del caso en particular.

Ver texto oficial del REGLAMENTO del Código Fiscal de la Federación (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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