- Ley
- REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
- Artículo
- 123
Artículo 123 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Presidente puede pedir que se hable solo del tema, que se respete el orden o que se aclare algo a todos los presentes, ya sea porque un diputado o diputada se lo pide o porque él mismo lo decide. Esto se llama "moción de orden", "moción de apego al tema" o "moción de ilustración al Pleno".
Texto oficial
Artículo 123. 1. Las mociones de orden, de apego al tema y de ilustración al Pleno las puede formular el Presidente a solicitud de una diputada o diputado o por determinación propia. CAPITULO IV De las Comparecencias ante el Pleno
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