Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_Diputados/217
Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
217

Artículo 217 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando la Cámara de Diputados termine un proyecto de ley y lo pase al Senado para que lo revise, ese documento debe llevar la firma del Presidente de la Cámara y de un Secretario. También tiene que ir junto con los papeles que menciona el artículo 94 de este mismo reglamento. Es como cuando mandas un trabajo importante: necesitas que tenga las firmas correctas y todos los documentos que lo apoyen, para que quien lo reciba sepa que está completo y oficial.

Texto oficial

Artículo 217. 1. El proyecto que se envíe para su revisión a la Cámara de Senadores, irá firmado por el Presidente y un Secretario, acompañado de los documentos a que se refiere el artículo 94 de este Reglamento. Artículo reformado DOF 20-04-2011

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 74) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.