Artículo 223 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Mesa Directiva (que es como el grupo que organiza el trabajo en la Cámara de Diputados) tiene máximo 2 días, desde que recibe la Cuenta Pública (el informe de cómo se gastó el dinero público), para pasársela a la Comisión de Vigilancia (un grupo de diputados que revisa estos temas). Esa Comisión, a su vez, tiene otros 2 días para enviarla a la Auditoría Superior de la Federación (la oficina que fiscaliza el gasto). Después, la Auditoría tiene hasta el 20 de febrero del año siguiente para entregar su informe de resultados a la Cámara, pero si le dan una prórroga (un tiempo extra) como se menciona en otro artículo, ese plazo se puede alargar.
Texto oficial
Artículo 223. 1. La Mesa Directiva turnará, a más tardar en dos días, contados a partir de su recepción, la Cuenta Pública a la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación. Esta Comisión tendrá el mismo plazo para turnarla a la Auditoría Superior de la Federación. Numeral reformado DOF 20-04-2011 2. La Auditoría Superior de la Federación deberá entregar el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública a la Cámara, a más tardar, el 20 de febrero del año siguiente, en el que se le haya turnado la Cuenta Pública que corresponda y tendrá un plazo adicional, siempre y cuando se haya otorgado la prórroga a que hace referencia el artículo anterior. REGLAMENTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-05-2025 76 de 146
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