Artículo 290 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Cámara de Diputados puede trabajar en un modo semipresencial, que mezcla actividades en línea y presenciales. Todo su funcionamiento en esa modalidad se rige por lo que dice la Constitución, la Ley del Congreso y este Reglamento. Si algo no está cubierto ahí, se aplican los acuerdos especiales que saquen los jefes de la Cámara para esas sesiones. En corto, es para que los diputados puedan hacer su chamba aunque no todos estén en el mismo lugar.
Texto oficial
Artículo 290. 1. Las funciones de la Cámara de Diputados en modalidad semipresencial serán reguladas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por este Reglamento. También serán aplicables de manera supletoria los acuerdos que los órganos de gobierno emitan para las sesiones en esta modalidad. Artículo adicionado DOF 18-10-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.