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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
307

Artículo 307 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando los diputados y diputadas van a votar, les tienen que dar todo lo necesario para que puedan llegar al salón de sesiones y usar la plataforma digital sin problemas. Si votan desde fuera del Congreso, ellos son responsables de tener una buena conexión a internet para que su voto se emita rápido y puedan participar en las juntas o sesiones sin trabas.

Texto oficial

Artículo 307. 1. Durante el proceso de votación se otorgarán todas las facilidades materiales que las diputadas y los diputados requieran para movilizarse hacia el Salón de Sesiones y para la emisión de la asistencia y votación en la Plataforma Digital. 2. Las diputadas y los diputados, al utilizar la Plataforma Digital fuera del Recinto Legislativo, deberán asegurarse de contar con una conexión óptima a Internet, tanto para agilizar la emisión de su voto, como para concurrir a las sesiones o reuniones respectivas, según sea el caso. Artículo adicionado DOF 18-10-2023 CAPITULO VII De la Plataforma Digital Capítulo adicionado DOF 18-10-2023

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 101) ↗

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