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Ley
REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Artículo
68

Artículo 68 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Congreso recibe propuestas de leyes o cambios a leyes actuales, esas ideas no se discuten de inmediato en el pleno. Primero, se les asigna un turno para que las comisiones ordinarias (grupos de diputados o senadores especializados en el tema) las revisen a fondo. Esto aplica también para objeciones del Presidente de la República u otros documentos importantes. El objetivo es que esas comisiones elaboren un dictamen, que es un documento con su opinión técnica y recomendaciones. Así, antes de votar, los legisladores tienen un análisis serio de cada propuesta.

Texto oficial

Artículo 68. 1. El turno para efectos de dictamen, procederá para enviar a las comisiones ordinarias, las minutas, las iniciativas legislativas, las observaciones del Titular del Poder Ejecutivo Federal, las proposiciones y otros documentos que, de acuerdo a la Ley, requieran de la elaboración de un dictamen.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados (pág. 21) ↗

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