Artículo 92 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Cámara de Diputados aprueba un dictamen, a eso se le llama proyecto de ley o proyecto de decreto, dependiendo de lo que sea. Ese proyecto se tiene que enviar luego luego al Senado, al Presidente de la República o a los Congresos de los estados, según lo que marque la Constitución.
Texto oficial
Artículo 92. 1. Todo dictamen aprobado en sentido positivo por el Pleno se denominará proyecto de ley o decreto, según corresponda. Deberá ser remitido inmediatamente, en su caso, a la Cámara de Senadores, al Titular del Poder Ejecutivo Federal o a las legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.