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Artículo 92 del REGLAMENTO de la Cámara de Diputados

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando la Cámara de Diputados aprueba un dictamen, a eso se le llama proyecto de ley o proyecto de decreto, dependiendo de lo que sea. Ese proyecto se tiene que enviar luego luego al Senado, al Presidente de la República o a los Congresos de los estados, según lo que marque la Constitución.

Texto oficial

Artículo 92. 1. Todo dictamen aprobado en sentido positivo por el Pleno se denominará proyecto de ley o decreto, según corresponda. Deberá ser remitido inmediatamente, en su caso, a la Cámara de Senadores, al Titular del Poder Ejecutivo Federal o a las legislaturas de los Estados para sus efectos constitucionales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.